miércoles, 30 de octubre de 2013

GREMIS.

El gremio era un tipo de asociación económica de origen europeo, implantada también en las colonias, que agrupaba a los artesanos de un mismo oficio, que apareció en las ciudades medievales y se extendió hasta fines de la Edad Moderna, cuando fueron abolidas.

  • Poseían un ámbito local y carácter obligatorio.
  • Divididos en escalas profesionales.
  • Fueron importantes los gremios de alfareros.
  • Estaban regidos por un estatuto especial.
  • Controlaban toda la actividad artesanal y evitaban la competencia, facilitando las materias primas a todos componentes de los gremios a los mismos precios y fijando el tipo y cantidad de productos.
  • Formaban parte de cofradías.
  • El horario de trabajo no era el mismo en todas las estaciones. Trabajaban más en verano y tenían más días festivos que en la actualidad. Las vísperas de festivos trabajaban menos horas.
  • Los gremios de comerciantes adquirieron privilegios y poderes judiciales y legislativos en las ciudades: Los gobernantes de las grandes ciudades como Venecia, eran delegados de los gremios
  • Inspirados en principios de mutualidad y religiosidad.
El gremio reguló todos los aspectos, materiales y espirituales, de la vida de los artistas:
  • Su información y escala laboral: contratos de aprendizaje; aprendiz, oficial, maestro, etc.
  • El funcionamiento de su taller: suministra los materiales, supervisa la producción: compradores (fiel contraste), regula el "malo precio" del producto, controla los contratos.
  • La vida espiritual de sus miembros y gestiona prácticas de beneficencia: Funda un hospital o creencia advocada a su santo creador. Cuida de las exequias de sus miembros y de los sufragios para la eterna salvación de sus almas. Cuida a las viudas y huérfanos mediante dotes y ayudas económicas.
Los aprendices eran aquellos que se iniciaban en la profesión u oficio. La formación se verificaba a través de la firma de un “contrato de aprendizaje”, documento de naturaleza jurídica donde intervenían un maestro que se comprometía a enseñar y un joven que quería aprender. Los contratos tenían las siguientes cláusulas:
  • Duración: de 4 a 8 años
  • Edad del aprendiz: 12-14 años.
  • Compromisos del aprendiz:
  • Obedecer al maestro.
  • Acudir al obrador todos los días.
  • No ausentarse
  • Guardar fidelidad al maestro.
  • Compromiso del maestro:
    • Manutención del discípulo.
    • Adiestrarlo y enseñarle el oficio.
    • Darle cierta compensación económica.
  • Compromiso del oficial:
    • responder jurídicamente de los actos del aprendiz.
  • Finalización del contrato:
    • Al terminar el plazo establecido.
    • Por muerte o enfermedad de una de las partes.
    • Por mutuo acuerdo.
Los oficiales constituían el peldaño intermedio del escalafón. Se trataba de una categoría no muy bien definida en la que se maduraba y adquiría perfección en el oficio. No tenía tiempo fijo de duración, generalmente la mitad del período de aprendizaje, pero era mejor su posición jurídica, con todos los derechos y deberes.
 

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